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PAREJAS DE HECHO
947 34 91 00
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIONES CIVILES

OBJETO.-

- Inscripción de declaraciones de constitución de Uniones de Convivencia no matrimonial entre parejas, incluso del mismo sexo.

- Inscripción de cualquier hecho o circunstancia relativa a la Unión de Convivencia Civil que manifiesten los comparecientes (existencia de hijos,…).

- Inscripción, mediante trascripción literal, de los Convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

- Anotaciones respecto a la extinción de la Unión, a realizar por cualquiera de sus integrantes.

REGULACIÓN.-

Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 6 de marzo de 1997 y Decreto de la Alcaldía de fecha 17 de marzo de 1997.

REQUISITOS.-

- Ser mayores de edad o menores emancipados.

- Tener plena capacidad de obrar.

- No ser entre sí parientes por consanguinidad.

- Estar empadronados en Miranda de Ebro.

- Comparecer personal y conjuntamente en el acto de la inscripción.


TRAMITACIÓN.-

- Concertar directamente con Secretaría General (Telef. 34 91 03) día y hora para la comparecencia.

- Aportar en el momento el DNI de ambos.

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Sólo y exclusivamente se expedirán certificaciones sobre el contenido de los asientos o petición de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.


INFORMACIÓN NEGATIVA.-

No es matrimonio y por tanto:

- No nacen obligaciones y derechos recíprocos.

- No hay efectos sobre relaciones patrimoniales.

- No hay efectos sobre disolución.

- No derecho de sucesiones.



El convenio de alguna empresa equipara los derechos del matrimonio a los de pareja de hecho. Como ejemplo, tienen permiso por parto, ingreso hospitalario, etc. de la pareja.


EN RESUMEN, si quieren inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho:

- Tendrán que cumplir los requisitos marcados.

- Concertar con el Secretario General el día y la hora de la comparencia. Si manifestaran su deseo de inscribirse en ese momento se consultará con el Secretario, y si puede lo hace.

- Venir los dos con los DNI correspondientes.

- No es necesario el certificado de empadronamiento porque se comprueba en el momento si están empadronados.


Si quieren declarar extinguida la Unión:


- Lo pueden hacer ambos o cualquiera de sus integrantes, mediante la presentación del DNI.

- Se consultará con el Secretario el momento para hacerlo.

- Si la extinción es solicitada sólo por uno de ellos, se notifica al otro para su conocimiento.



NO ES NECESARIO SOLICITARLO POR ESCRITO

LAS INSCRIPCIONES TIENEN CARÁCTER GRATUITO



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