| PREVENCIÓN - EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO |
C/ Californias, 135
09200 - Miranda de Ebro
Teléfonos:
- Servicio Ordinario: 947 33 58 22
- Emergencias: 947 31 00 00
e-mail: bomberos@mirandadeebro.es>/a> |
(Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León)
- La prevención para evitar o disminuir el riesgo de incendios u otros accidentes, mediante la información o inspección del cumplimiento de la normativa en vigor.
- La protección ciudadana en cualquier situación de emergencia, capaz de ser resuelta con los medios que tienen a su disposición o en colaboración con otros servicios o entidades.
- La extinción de incendios, y en general, el salvamento y rescate de personas y bienes en caso de siniestros o situaciones de emergencia o a requerimiento de la autoridad competente.
- La adopción de medidas de seguridad extraordinarias y provisionales, a la espera de la decisión de la autoridad competente sobre el cierre y el desalojo de locales y establecimientos de pública concurrencia, y la evaluación de inmuebles y propiedades, en situaciones de emergencia, y mientras las circunstancias del caso lo hagan imprescindible, así como limitar o restringir por el tiempo necesario, la circulación y permanencia en vías o lugares públicos en los supuestos de incendio, emergencia, catástrofe o calamidad pública.
- La investigación e informe sobre los siniestros en que intervengan, bien sea por razón de su competencia, o a requerimiento de la autoridad competente para informar sobre las causas y las consecuencias del siniestro y sobre los daños producidos.
- La recuperación de las víctimas, su asistencia y coordinación de su traslado urgente.
- La realización de campañas de divulgación, información y formación de los ciudadanos sobre prevención y autoprotección en caso de siniestro.
- El estudio e investigación de las técnicas, instalaciones y sistemas de protección contra incendios, en relación con la normativa específica en estas materias.
- La actuación en servicios de interés público por razón de la específica capacidad de sus miembros y la adecuación de los medios materiales de que disponen.
- Aquellas otras funciones que les correspondan legalmente
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