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RENOVACIÓN INSCRIPCIÓN PADRONAL EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE

Esta renovación hay que realizar cada dos años mientras se continúa residiendo en el municipio

Documentación a Aportar:

  • Solicitud en modelo oficial (se facilita en el SAC)
  • Documento de identidad del o de la solicitante
  • En caso de menores, documento que acredite la representación

Servicio de Atención Ciudadana
Extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no tengan renovada la inscripción en los últimos dos años.

  • Ley 7/1985, de 2 de abril. Artículo 16.1, 2º párrafo.
  • Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local.

  • En el Padrón de Habitantes se realiza un movimiento de tipo RN. Para que lo admita el programa hay que variar alguno de los datos del registro.
  • Si se hay que realizar cualquier otro cambio, como añadir el número de tarjeta de residencia, teléfono, o incluso un cambio de domicilio, se hace todo en el movimiento RN para que al INE le llegue sólo un movimiento.
  • Si se trata de una familia, el movimiento RN se anota a cada uno de los miembros.
  • Cuando se trate de menores, el documento de solicitud ha de contener la autorización del padre, madre o representante legal.
  • Los documentos asociado en el programa son:
  1.  IPOB101-Solicitud renovación padronal extranjeros No Com. (normal)
  2. IPOB101-Solicitud renovación padronal extr. No Com. Rep (con representante)
  • La solicitud se registra de entrada. Si se solicita por varios miembros de una familia basta con registrar una de las solicitudes y asignar el mismo número de entrada a todas las demás.

Servicio de Atención Ciudadana

Teléfono 010

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