Ya pueden solicitarse las bonificaciones correspondientes de las Ordenanzas Fiscales de 2018 para aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos y en el caso de que sean bonificaciones a fijar en base a solicitud y con un plazo para realizar la misma:
IBI: Liquidación para IBI Urbana y Rústica con valor de construcción. Con carácter general se liquidará anualmente en dos periodos. Se pueden solicitar tres periodos de cobro (previa domiciliación) hasta el 31 de enero.
IBI: En base a familias numerosas en función de renta y valor catastral de residencia habitual. Se pueden solicitar hasta 31 de enero.
IBI: 5% de descuento con la domiciliación. Se puede realizar hasta 30 de abril.
AGUA, BASURA Y ALCANTARILLADO: (en función de ingresos del IPREM) las bonificaciones se pueden solicitar hasta 31 de enero.