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AVISO – COBRANZA TASA TERRAZAS Y VELADORES

AVISO – COBRANZA TASA TERRAZAS Y VELADORES

Hasta el día 6 de junio está abierto el plazo del periodo de cobranza de la tasa por ocupación de terrenos de dominio público local con terrazas de veladores y otros elementos complementarios del ejercicio 2026.

Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago del referido impuesto, podrán realizar el ingreso, antes de la fecha límite (6 de julio) en cualquier de las entidades bancarias colaboradoras que a continuación se indican:
– Caixabank, S.A.
– Grupo Santander, S.A.
– BBVA, S.A.
– Kutxabank, S.A.
– Ibercaja Banco, S.A.
– Caja Viva – Caja Rural, S.C.C.

También podrá realizar el pago mediante tarjeta de crédito, débito o Bizum a través de la pasarela de pagos de la sede electrónica del ayuntamiento: https://www.mirandadeebro.es/ En caso de que no se reciba el documento de pago o de extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Recaudación Municipal, por teléfono o correo electrónico, o descargar de la sede electrónica del ayuntamiento.

Domiciliación de recibos.
Para evitar molestias y esperas innecesarias se recuerda la conveniencia de la domiciliación bancaria como forma de pago del tributo.
La domiciliación deberá tramitarse por internet a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Miranda de Ebro o en el departamento de Recaudación Municipal mediante documento habilitado al efecto.
Para que surta efecto en el ejercicio, la domiciliación deberá cursarse al menos con dos meses de antelación a la apertura del periodo voluntario de cobro. Tendrá validez por tiempo indefinido en tanto no sea anulada por el interesado, rechazada por la entidad de depósito, o la administración no disponga expresamente su invalidez por causa justificada.

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