Calendario Fiestas Laborales
calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad para el año
2026. La propuesta aprobada respeta las festividades tradicionales,
trasladando al lunes siguiente los dos festivos que coinciden en
domingo: el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, y el 6 de
diciembre, Día de la Constitución.
Consejo de Gobierno del 29 de mayo de 2025
Castilla y León |
Consejería de Industria, Comercio y Empleo
Según lo dispuesto en la propuesta, las fiestas laborales con
carácter retribuido y no recuperable en Castilla y León para 2026 serán
las siguientes:
- 1 de enero: Año Nuevo
- 6 de enero: Epifanía del Señor
- 2 de abril: Jueves Santo
- 3 de abril: Viernes Santo
- 23 de abril: Fiesta de la Comunidad Autónoma
- 1 de mayo: Fiesta del Trabajo
- 15 de agosto: Asunción de la Virgen
- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
- 1 de noviembre: Todos los Santos (se traslada al lunes 2 de noviembre)
- 6 de diciembre: Día de la Constitución Española (se traslada al lunes 7 de diciembre)
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre: Natividad del Señor
La elaboración del calendario se ha realizado manteniendo el respeto a
las fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, las demandas
sociales y las necesidades del sistema productivo. Además, ha contado
con la consulta previa al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y
León, en el que están representadas las organizaciones empresariales y
sindicales más representativas. Igualmente, se ha sometido al
correspondiente trámite de participación, audiencia e información
pública, sin que se haya registrado ninguna sugerencia en contra.
Estas catorce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas
de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio por
la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento
respectivo.
FIESTAS LOCALES
- 25 de mayo, San Juan del Monte
- 12 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira
Castilla y León |
Consejería de Industria, Comercio y Empleo
Según lo dispuesto en la propuesta, las fiestas laborales con
carácter retribuido y no recuperable en Castilla y León para 2027 serán
las siguientes:
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 25 de marzo, Jueves Santo.
- 26 de marzo, Viernes Santo.
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen. Se traslada al lunes.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
La elaboración del calendario se ha realizado manteniendo el respeto a
las fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, las demandas
sociales y las necesidades del sistema productivo. Además, ha contado
con la consulta previa al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y
León, en el que están representadas las organizaciones empresariales y
sindicales más representativas. Igualmente, se ha sometido al
correspondiente trámite de participación, audiencia e información
pública, sin que se haya registrado ninguna sugerencia en contra.
Estas catorce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas
de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio por
la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento
respectivo.
FIESTAS LOCALES
- 17 de mayo, San Juan del Monte
- 13 de septiembre, Nuestra Señora de Altamira