El Ayuntamiento de Miranda ha recibido comunicación por parte del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural Sección Agraria Comarcal de la Junta de Castilla y León en relación a las explotaciones de aves.
En el mismo se indica que de acuerdo con la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, TODAS LAS EXPLOTACIONES QUE CRÍEN AVES DE CORRAL deben aplicar las siguientes medidas:
– El encierro de las aves en la propia explotación, no pudiendo acceder a espacios al aire libre, excepto que dispongan de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y siempre que se alimente y abreve a las aves en el interior de las instalaciones.
– Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral (deberán estar separados)
– Queda prohibido darles agua procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo que sea agua tratada.
– Los depósitos de agua situados en el exterior quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
– Quedan prohibidas las concentraciones de aves, salvo autorización de la Comunidad Autónoma.
Se añade en la comunicación que en caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta orden será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieren concurrir.








