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INSTALACIÓN DE GRÚAS-TORRE

Descripción: Obtener permiso municipal para instalación de grúas-torre.

DOCUMENTACIÓN

  • Instancia normalizada en la que conste:
      • Nombre, apellidos, NIF y domicilio del o de la solicitante, tanto persona física como jurídica.
      • Identificación de la finca sobre la que se pretende actuar, indicando dirección completa, piso, puerta, o en su caso parcela (plano de situación dentro del solar).
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente.
  • Proyecto técnico redactado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluya plano parcelario de ubicación de la grúa en relación con la finca donde se pretende instalar y colindantes, indicando la altura máxima de la torre, posición del contrapeso, área de barrido de la pluma y del carro de donde se cuelgue el gancho, así como la altura de los edificios e instalaciones colindantes.
  • Certificación de la casa instaladora, suscrita por técnico competente, en la que se acredite el perfecto estado de la grúa y sus elementos, se asuma la responsabilidad de la instalación y se indiquen las cargas máximas que, en las situaciones mas desfavorables, puedan ser transportadas.
  • Documento de asunción de responsabilidad de funcionamiento por Técnico competente, visado por el colegio oficial correspondiente.
  • Póliza de seguros con cobertura de responsabilidad civil suficiente, por lo daños que puedan derivarse de la instalación, funcionamiento o desmontaje de la grúa.

LUGAR

  • Servicio de Atención Ciudadana →  Atención presencial (personas físicas)
  • Sede electrónica – Presentación telemática (si dispone de Certificado Digital, DNI electrónico o Clave)

SOLICITANTE

  • Personas físicas o jurídicas interesadas.

NORMATIVA

  • Reglamento urbanístico de Castilla y León (Decreto de 22/2004 de 29 de enero).
  • Ley de urbanismo de Castilla y León de 5/1999 de 8 de abril.
  • Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
  • Ordenanzas municipales de edificación.
  • Ordenanza fiscal reguladora de Concesión de  Licencias Urbanísticas.
  • Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

OBSERVACIONES

  • La tasa se abona en el momento de presentar la solicitud – Enlace a Autoliquidaciones
  • El impuesto se liquida con posterioridad y se notifica al solicitante.

CONTACTO

  • Departamento de Urbanismo – Tfno. 947 349 140
  • Servicio de Atención Ciudadana – Tfno. 947 497497 (citas)
  • Servicio telefónico 010
Documento "INSTANCIA_NORMALIZADA"

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