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RENOVACIÓN INSCRIPCIÓN PADRONAL EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS

Descripción: Renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente. 

Esta renovación hay que realizarla cada dos años mientras se continúa residiendo en el municipio.

DOCUMENTACIÓN

  • Solicitud en modelo oficial (se facilita en el SAC)
  • Documento de identidad de la persona solicitante
  • En caso de menores, documento que acredite la representación

LUGAR

  • Servicio de Atención Ciudadana →  Atención presencial (personas físicas)

SOLICITANTE

  • Personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente que no tengan renovada la inscripción en los últimos dos años.

NORMATIVA

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Artículo 16.1, 2º párrafo.
  • Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local.

OBSERVACIONES

  • Este necesario realizar este trámite de forma presencial.
  • Si hay que realizar cualquier otro cambio (añadir número de tarjeta de residencia, teléfono, cambio de domicilio…) se hace todo en el movimiento de renovación.
  • Si se trata de una familia, el movimiento de renovación se anota a cada uno de los miembros.
  • Cuando se trate de menores, el documento de solicitud ha de contener la autorización del padre, madre o representante legal.

CONTACTO

  • Servicio de Atención Ciudadana – Tfno. 947 497497 (citas)
  • Servicio telefónico 010

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