Descripción: Renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
Esta renovación hay que realizarla cada dos años mientras se continúa residiendo en el municipio.
DOCUMENTACIÓN
- Solicitud en modelo oficial (se facilita en el SAC)
- Documento de identidad de la persona solicitante
- En caso de menores, documento que acredite la representación
LUGAR
- Servicio de Atención Ciudadana → Atención presencial (personas físicas)
SOLICITANTE
- Personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente que no tengan renovada la inscripción en los últimos dos años.
NORMATIVA
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Artículo 16.1, 2º párrafo.
- Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local.
OBSERVACIONES
- Este necesario realizar este trámite de forma presencial.
- Si hay que realizar cualquier otro cambio (añadir número de tarjeta de residencia, teléfono, cambio de domicilio…) se hace todo en el movimiento de renovación.
- Si se trata de una familia, el movimiento de renovación se anota a cada uno de los miembros.
- Cuando se trate de menores, el documento de solicitud ha de contener la autorización del padre, madre o representante legal.
CONTACTO
- Servicio de Atención Ciudadana – Tfno. 947 497497 (citas)
- Servicio telefónico 010